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Campo DC Valor Lengua/Idioma
dc.contributor.authorRamón Michel, Agustinaen_US
dc.contributor.authorAriza, Soniaen_US
dc.date.accessioned2025-03-06T13:26:31Z-
dc.date.available2025-03-06T13:26:31Z-
dc.date.issued2025-02-
dc.identifier.urihttp://repositorio.cedes.org/handle/123456789/4795-
dc.identifier.urihttps://hdl.handle.net/20.500.14384/775-
dc.descriptionFil: Ramón Michel, Agustina. CEDES. Centro de Estudios de Estado y Sociedad. Área de Salud, Economía y Sociedad; Buenos Aires, Argentinaen_US
dc.descriptionFil: Ariza, Sonia. CEDES. Centro de Estudios de Estado y Sociedad. Área de Salud, Economía y Sociedad; Buenos Aires, Argentinaes
dc.description.abstractEl derecho a la objeción de conciencia (OC), que permite a los profesionales de la salud eximirse de proveer determinados servicios que son contrarios a sus convicciones morales, enfrenta al sistema de salud con serias dificultades que afectan a las pacientes y que exigen a los tomadores de decisión implementar distintas estrategias. Registrar a quienes objetan ha sido considerada una de estas estrategias. Este artículo reconstruye la experiencia de uno de los primeros registros de OC en salud sexual y reproductiva de América Latina, a través de investigación documental y entrevistas con actores clave. El objetivo es ofrecer información que permita la comprensión del surgimiento, implementación y resultados de este registro, para abonar discusiones de cómo tratar este asunto desde las políticas públicas. El registro de OC creado en la provincia argentina de Santa Fe fue concebido para facilitar la gestión sanitaria y garantizar la nueva y resistida política pública de acceso al aborto legal. Fue un ensayo regulatorio y de política, para hacer frente al formidable desafío ante las negaciones de las y los profesionales de la salud, y como tal estuvo hecha de aproximaciones sucesivas y adaptaciones que exigieron altas dosis de esfuerzo institucional. Concluimos este análisis con una serie de lecciones que sugieren que la utilidad de un registro de OC para garantizar el acceso a servicios de salud sexual y reproductiva es cuestionable, y en todo caso limitada y costosa.en_US
dc.language.isoesen_US
dc.relation.ispartofseriesRevista Latinoamericana de Sociología Jurídica;2025,6(9):90-130-
dc.subjectRechazo Conciente al Tratamientoen_US
dc.subjectObjeción de Concienciaen_US
dc.subjectPOLITICAS PUBLICASen_US
dc.subjectSALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVAen_US
dc.subjectABORTO LEGALen_US
dc.titleEnsayar como principio. El registro de objeción de conciencia sobre salud sexual y reproductiva en la provincia de Santa Feen_US
dc.typeArtículoen_US
item.fulltextWith Fulltext-
item.grantfulltextopen-
crisitem.author.deptCEDES. Centro de Estudios de Estado y Sociedad-
crisitem.author.deptÁrea de Salud, Economía y Sociedad-
crisitem.author.deptCEDES. Centro de Estudios de Estado y Sociedad-
crisitem.author.deptÁrea de Salud, Economía y Sociedad-
crisitem.author.orcid0000-0002-8778-5191-
crisitem.author.orcid0009-0003-7762-0929-
crisitem.author.parentorgCEDES. Centro de Estudios de Estado y Sociedad-
crisitem.author.parentorgCEDES. Centro de Estudios de Estado y Sociedad-
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